Lossustentantes que hayan obtenido el dictamen global satisfactorio en su proceso de acreditación para la Licenciatura en Educación Primaria EGAL-EPRIM, por medio del Acuerdo Secretarial 286 y el modificatorio 02/04/17, podrán realizar su trámite de titulación en la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) o en el
Siel interesado no desahoga la prevención que le formule la autoridad educativa al término del plazo señalado en el lineamiento anterior; 11.2.- Si se advierten datos falsos en la solicitud, o 11.3.- Si se acompaña a la solicitud documentación falsa. 12. RECURSOS ADMINISTRATIVOS ACUERDO NÚMERO 286 POR EL QUE SE
Acuerdo286, al Acuerdo número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las normas y criterios generales, a que se ajustarán la revalidación y equivalencia de estudios,
Acuerdo286. Corporativo Académico de Enlace Profesional, Quien cumple con los requisitos y procedimientos que establece este Acuerdo recibe el título expedido por la SEP en todo el territorio Nacional en las siguientes
ACUERDOnúmero 02/04/17 por el que se modifica el diverso número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las normas y criterios generales, a que se ajustarán la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la equivalencia de estudios, así como los procedimientos por medio
QUINTA-. El proceso de acreditación de conocimientos equivalentes al bachillerato, se hará de acuerdo con lo previsto por los numerales 49.1 al 49.7 del Acuerdo Secretarial número 286